SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2003-R

Fecha: 07-May-2003

improcedente

Concluida la audiencia el Juez de Partido de Chulumani-Sud Yungas del Departamento de La Paz, de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución 02/2003, de 21 de febrero, que corre a fojas 62, que declara improcedente el Recurso, con estos fundamentos: a) existiendo una renuncia irrevocable del Alcalde, el Concejo Municipal podía aceptar o pedir que se la retire, pero en este caso  la aceptó a través de la Resolución 001/2003, para luego proceder a elegir al nuevo Alcalde, conforme consta por la Resolución 02/2003 y  b) el recurrente no ha demostrado que se hubiera violado su derecho al trabajo y, al contrario, aún permanece como Concejal.