Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0610/2003-R
Fecha: 07-May-2003
2º
2º DISPONER su modificación en cuanto se ANULA OBRADOS hasta la audiencia de apertura de debates (fs. 108 del presente expediente o fs. 100 del expediente original), a objeto de que la defensora de oficio asuma defensa real de la imputada, en defecto de que ésta no se presente en el proceso a asumir su defensa.