SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0615/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0615/2003- R

Fecha: 07-May-2003

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de acuerdo con el dictamen Fiscal declaró procedente el recurso con el fundamento de que “De acuerdo a la Jurisprudencia Constitucional al respecto, en el caso específico la S.C. No. 1240/00-R señala que si bien los actos ilegales violentos ejecutados por los recurridos, podrían dar lugar otras vías legales mencionadas en la sentencia del tribunal de amparo elevada en revisión, en cambio los hechos sucedidos vulneran el derecho a la propiedad del recurrente que debe ser ejercido en términos de seguridad, por cuanto el ejercicio pleno de sus derechos del recurrente en el presente recurso, debe tener una inmediata garantía de Amparo Constitucional, instituido precisamente contra actos ilegales u omisiones indebidas que sean de carácter irreparable mientras no se otorgue el amparo con la inmediatez necesaria.”