SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2003-R

Fecha: 08-May-2003

III.2

III.2          Planteada la oposición,  el  Juez demandado por decreto de 31 de enero de 2003, dispuso que previamente los recurrentes acrediten su personería, al no hacerlo la autoridad jurisdiccional  el 14 de febrero de 2003, expidió el mandamiento de desapoderamiento, el que por Auto de 24 de febrero de 2003 es suspendido mientras se tramite el incidente a cuyo efecto se abre un término probatorio, conforme lo solicitan los recurrentes, y que es objeto del recurso, pues será dentro de ese trámite y en la vía ordinaria donde se dilucide la controversia sobre el derecho propietario de los terrenos, de manera que cesaron los efectos del acto reclamado por cuanto el Auto fue dictado el 24 de febrero de 2003 antes de la interposición del recurso ( 26 de febrero 2003), lo que implica su improcedencia.