SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0632/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0632/2003- R

Fecha: 09-May-2003

III.    FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Que el recurrente solicita tutela a los derechos de su representado a la seguridad jurídica, a la defensa, al debido proceso, a no ser condenado sin haber sido oído ni juzgado, consagrados en los arts. 7-a) y 16 CPE, denunciando que dichos derechos han sido vulnerados por los recurridos, quienes le sometieron a un proceso por la comisión de delitos previstos en la L1008, en el que son evidentes innumerables vicios de nulidad, como ser: que se le involucró sin que hubiera tenido participación en el hecho, que no se le notificó por edicto sabiendo que se encontraba prófugo, que luego en base a un informe que apareció directamente se le declaró rebelde, que su abogado no asumió defensa material en su favor, que finalmente y luego de haberse anulado obrados por falta de notificación a su abogado defensor de oficio, se notificó a otro abogado defensor sin que le hubieren designado previamente. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.