Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2003-R
Fecha: 20-May-2003
III.1
III.1 La persecución indebida ha sido definida por el Tribunal Constitucional como “la acción de un funcionario público o autoridad judicial, que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por la Ley; o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por la Ley o incumpliendo las formalidades y requisitos que ésta señala”. Así las SSCC 976/2000-R, 535/2001-R, 266/2001-R y 320/2002-R, entre otras.