SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2003-R

Fecha: 20-May-2003

III.2.

III.2.      En el presente caso, se tiene que a raíz de la querella presentada por Francisco Miguel Peñaranda y otros en contra del recurrente, en fecha 6 de febrero de 2003 (fs. 63), la autoridad fiscal recurrida, en cumplimiento de las atribuciones conferidas por el art. 14.3) de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), dispuso la citación del recurrente a efectos de recibir su declaración;  diligencia que fue cumplida por el co-recurrido Luis Valda, conforme a los arts. 75 y 76 LOMP; sin que signifique persecución indebida el que una persona sea citada a declarar dentro de la investigación preliminar desarrollada conforme a ley, pues en dicha fase simplemente se tiene por objetivo precisar las circunstancias en las que se cometió el supuesto delito, obtener y acumular las pruebas que existan, aprehender y entregar a los presuntos autores, partícipes e instrumentos del delito a la autoridad competente, para que ésta determine lo que corresponda de acuerdo a procedimiento.