SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0711/2003-R
Fecha: 28-May-2003
voto de censura, es un voto político
Que, el referido voto de censura, es un voto político, por cuanto después de realizarse el trámite correspondiente, en definitiva tres quintos del total de los miembros de un Concejo Municipal, proceden a la remoción del Alcalde, como una manifestación de la falta de confianza que existe por las acciones de la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Municipal, expresando su oposición o ruptura de una coalición.
Que, este Tribunal, se limita a constatar si la propuesta de moción está razonablemente fundamentada, pero no por ello puede ingresar a determinar si hay o no materia para admitir la moción o en su caso para rechazarla, así como establecer si son o no evidentes los extremos que se afirman para en definitiva votar por la moción, esas son atribuciones exclusivas de los miembros del Concejo Municipal, los que tomarán su decisión o voto político de censura, en la medida en que haya o no perdido su confianza en el Alcalde.