Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0713/2003-R
Fecha: 28-May-2003
II.6
II.6. Que, el Director de Servicios y Abastecimiento, en 28 de febrero de 2003, instruye al Jefe del Departamento de Policía Municipal que a partir de la fecha deberá designar en forma permanente a policías municipales en horario nocturno e instruir al Comisario de Servicio del Mercado La Paz, realizar el control en horario diurno de la calle Tapacarí y áreas circundantes al mercado La Paz, para evitar cualquier construcción ilegal de estructuras metálicas, casetas, módulos y otros, mientras no exista la autorización correspondiente (fs. 130).