AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2003-ECA

Fecha: 12-Jun-2003

A los puntos 3 y 4.

A los puntos 3 y 4. El fundamento jurídico III.3.b, en concordancia con el fundamento III.1., estableció la legalidad de tal cobro, conforme al siguiente texto Que tampoco está amenazada de restricción al derecho que tiene al cobro de la llamada autorizada por la Ley 2342, dado que la RAR 2002/01062, como lo informó la SITTEL,   “NO VINO A LIMITAR, RESTRINGIR, COARTAR Y MENOS PROHIBIR LA REALIZACIÓN DEL COBRO AUTORIZADO LEGALMENTE DE ACUERDO A LA LEY No 2342”.