Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003
Fecha: 11-Jun-2003
II.3
II.3 Por informe del Secretario de Cámara de Sala Civil Primera (fs.90), se acredita que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad es rechazado por Auto de Vista 176/2001, aprobando el rechazo el Tribunal Constitucional mediante el Auto Constitucional 124/2001-CA de 18 de abril de 2001, siendo el estado de la causa el de pronunciar el respectivo Auto de Casación que resuelva el recurso de casación.