Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003
Fecha: 11-Jun-2003
III.3
III.3 Por otra parte, dentro del trámite de desalojo que motiva el presente recurso, las supuestas irregularidades acusadas por los recurrentes en algunos actuados de este proceso sumario, en el desarrollo de su trámite, no pueden servir como fundamento del recurso porque las mismas tienen los medios de impugnación que las normas procesales pertinentes dispensan a los litigantes, por lo que no corresponde impugnar decisiones dentro de los procesos judiciales con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, pues ello significaría admitir el uso abusivo e indebido del recurso directo de nulidad, desvirtuando el sentido y alcances de este instituto jurídico.