SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0735/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0735/2003-R

Fecha: 04-Jun-2003

improcedente

Concluida la audiencia la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improcedente el recurso sin lugar a costas, daños y perjuicios, con estos fundamentos: a) para hacer valer el derecho ganancial conculcado, se puede demandar la anulabilidad del documento o la tercería de dominio excluyente, b) en la tramitación del proceso se pude deducir en la vía incidental la oposición y c) existen otros medios tanto mediatos como inmediatos, para que el recurrente pueda hacer valer sus derechos que considere conculcados, por lo que es de aplicación el art. 96-3) LTC.