Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0766/2003- R
Fecha: 06-Jun-2003
II.3
II.3 Que, el 11 de septiembre de 2002, el Juez recurrido dictó sentencia en el proceso ejecutivo de referencia, declarando probada la demanda, con costas, disponiendo además la prosecución de la causa hasta el trance de la subasta y remate de los bienes propios del ejecutado, embargados y por embargarse. (fs. 43 y vta.) Resolución con la que el 21 de septiembre de 2002, se notificó al recurrente en “su domicilio conocido mediante cédula, entregando la copia a su esposa, quien rehusó firmar en presencia de un testigo de actuación”(sic) (fs. 44).