Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0786/2003-R
Fecha: 10-Jun-2003
representante del Ministerio Público
La representante del Ministerio Público requiere porque se declare improcedente el recurso con el argumento de que como producto de un operativo realizado por la Policía se procedió al arresto de los recurrentes, quienes fueron puestos a disposición del Ministerio Público que realizó la imputación formal remitiéndolos ante el Juez competente, autoridad que ordenó su detención preventiva, verificándose que se cumplieron los plazos y formalidades exigidos por el CPP, no siendo evidente que su detención es ilegal.