Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0793/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
II.2.
II.2. Que, después de tramitada la primera y segunda instancia, en recurso de casación, la Corte Suprema emitió el Auto Supremo 28 de 18 de enero de 2000, por el que se casa el auto de vista y se declara improbada la demanda, subsistentes las Resoluciones Administrativas 37/90 y 38/90 con la modificación del porcentaje de la multa, salvándose los pagos que se hubieren realizado a cuenta (fs. 75-81).