SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2003-R
Fecha: 13-Jun-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En la demanda de fs. 1 a 2 presentada el 30 de abril de 2003, Romy Méndez Almanza expresa haber sido detenido en su domicilio el 24 de abril de este año, sin ningún mandamiento, vulnerándose el debido proceso al no haber sido previamente citado ni oído en juicio, coartándole el derecho de defensa, con la agravante de haber procedido a su aprehensión utilizando la violencia y el amedrentamiento con el objeto de obtener de su persona declaraciones amañadas, transgrediendo la norma de "guardar silencio" estatuida en el Código de procedimiento Penal.
Agrega que la detención arbitraria se produjo por la acusación infundada del Fiscal José Centenaro, por la comisión de un supuesto robo agravado, e inducido por esa autoridad, el Juez Instructor Tercero en lo Penal, sin ninguna justificación, ordenó su detención preventiva, sin elementos de convicción suficientes que permitan afirmar que es con probabilidad el autor de los hechos delictivos investigados, medida que le causa daños y perjuicios irreparables.