Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0826/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
Fragmento 4
El Secretario del Juzgado informó que el recurrente presentó el memorial de 14 de abril de 2003 (fs. 48), en el que “anteponiendo los intereses del Municipio de Colcapirhua, sobre la tutela de los derechos que ha invocado en el presente recurso de amparo, para dar continuidad a las actividades de este Municipio, en servicio exclusivo de los intereses de la comunidad, importando desistimiento, retira la demanda de amparo de 17 de marzo del año que corre” y solicita se proceda al archivo de obrados.