Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0826/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
SC 307/2003-R, de 17 de marzo
En consecuencia, a partir de la SC 307/2003-R, de 17 de marzo, precedente de ésta, se ha operado un cambio de jurisprudencia respecto del desistimiento de la demanda de amparo constitucional, ya que, la anterior línea (SC 069/2000-R, de 25 de enero, citada por el Juez de amparo), establecía la necesidad de declarar la procedencia o improcedencia del recurso.