SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
III.3
III.3 Por otra parte, la recurrente confiesa que participó en el concurso -hoy impugnado- para optar al cargo de Directora de Unidad Educativa en el Área Urbana, habiendo vencido inclusive la primera fase, circunstancia que hace inviable la protección del amparo constitucional al haber consentido libremente en someterse a los términos y condiciones oportunamente publicados y que fueron de conocimiento de la actora, resultando inaceptable que por habérsele excluido del proceso en una segunda fase, se cuestione luego dicha convocatoria, lo que determina la aplicación del art. 96-2) LTC que establece la improcedencia del amparo contra los actos consentidos libre y expresamente.