SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0869/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0869/2003-R

Fecha: 25-Jun-2003

I.2.2. Informe de los recurridos

Los recurridos informaron a través de su abogado que el recurrente no utilizó las vías administrativas previstas en la Ley de Municipalidades, las NBSABS y su Decreto Complementario 26685; que el contrato de transferencia de fondos suscrito con el FPS, en su acápite sexto establece que se debe solicitar a dicha entidad,  con carácter previo, la no objeción al trámite de contratación; que el Municipio ha recibido una serie de notas y memoriales dirigidos al Alcalde, pidiendo la emisión de la Resolución de Adjudicación, a sabiendas que el proceso tiene plazos establecidos, pretendiendo arrancar un consentimiento que nunca fue dado, además que dicha Resolución existe; que en ningún momento se hizo llegar a la empresa SERCO S.R.L.alguna nota en la que se determine la adjudicación de la obra citada, sino solamente un oficio de 6 de enero devolviéndole la boleta de garantía y agradeciendo su participación, con lo que se terminó cualquier relación con esa empresa.