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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0869/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0869/2003-R

    Fecha: 25-Jun-2003

    II.6.

    II.6. Por Oficio HMG-001 de 6 de enero de 2003, el Alcalde de Guanay comunicó a la empresa recurrente la conclusión del proceso de Invitación Pública había concluido, agradeciéndole su participación al no haber sido adjudicataria esa empresa; asimismo, le hizo la devolución de su boleta de garantía de seriedad de propuesta (fs. 31).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de los recurridos
    • procedente
    • “
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • así como en aquellos casos en los que se faculta a dicho representante interponer y actuar en acciones o recursos constitucionales sin especificar los mismos o la identidad de todos los recurridos
    • III.2

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