Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2003-R
Fecha: 25-Jun-2003
III.3
III.3 Asimismo, la recurrente alega que han sido vulnerados sus derechos al trabajo y al honor, lo que no es evidente, pues no ha demostrado estos extremos, más aún si las Resoluciones que cuestiona no disponen la suspensión de sus funciones, cambio de ellas y menos su destitución, lo que determina la improcedencia del recuso por no encontrarse la situación planteada dentro de las previsiones del art. 19 CPE.