SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2003

Fecha: 03-Jul-2003

inciso c), que reconoce como beneficiarios al “padre inválido reconocido por los servicios médicos de la Caja y a la madre, siempre que no dispongan de rentas personales para su subsistencia”.

Es decir que también hace una distinción entre el padre y la madre del asegurado, al momento de establecer los requisitos para que puedan constituirse en beneficiarios del trabajador o trabajadora, ya que a ambos les exige que no dispongan de rentas para su subsistencia, sumándole al primero el ser inválido reconocido por los servicios de la Caja, siendo evidente que existe también en ese caso un trato diferente en razón al sexo, discriminatorio y en desmedro del varón, sin que exista ninguna justificación legal válida para su implementación, poniendo en situación de inferioridad al padre con relación a la madre en el ejercicio de sus derechos fundamentales a la seguridad social, a la salud y a la vida, que deben ser reconocidos a todas las personas por igual.