SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2003-R

Fecha: 01-Jul-2003

II.2

II.2    En 17 de mayo de 1997 (fs. 10-11), el Juez Décimo de Partido en lo Civil (recurrido) pronunció sentencia declarando probada la demanda ejecutiva e improbados los incidentes de nulidad de citación y notificación que plantearon los ejecutados, con costas disponiendo haber lugar a los trámites de trance y remate de los bienes embargados a los ejecutados, para que con su producto se dé y pague a la ejecutante la suma de $US 15.000, más intereses convenidos y costas del juicio. En apelación esta sentencia fue confirmada por Auto de Vista de 4 de mayo de 1998 (fs. 13), pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Primera.