Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0891/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que el Juez demandado lo ha detenido indebidamente, al haber librado en su contra mandamiento de apremio por asistencia familiar, sin competencia; pues, en el proceso tramitado en su juzgado, se dictó la perención de instancia que dejó sin efecto todas las medidas provisionales dispuestas en dicha causa, al margen que, ante otro juzgado, se siguió y concluyó el proceso de divorcio. Por tanto, corresponde determinar si tales hechos merecen la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).