Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0903/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que dentro de un juicio de acción privada, la parte querellante desistió de la acción, pero la Jueza recurrida, sin pronunciarse sobre el fondo, insiste en que previamente se resuelva la cuestión de honorarios profesionales, cuando lo que correspondía era admitir el desistimiento, y en consecuencia declarar extinguida la acción penal y el archivo de obrados, por consiguiente, corresponde analizar en revisión si los supuestos actos ilegales son evidentes y si se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.