SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0921/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
III.1
III.1 El recurrente interpone el presente amparo constitucional impugnando la Resolución Municipal 144/88 de 9 de septiembre, que le impuso la multa de Bs3.264.089.23.- por haber transgredido las normas establecidas en los procedimientos administrativos de Usos del Suelo y Patrones de Asentamiento, al vender lotes de terreno sin la aprobación de la Planimetría de la Urbanización Pedro Domingo Murillo, ello en aplicación del art. 6 del capítulo de infracciones de la USPA. No obstante de haber sido de su oportuno conocimiento, este recurso ha sido presentado después de catorce años y seis meses, desnaturalizando su esencia, porque uno de los elementos primordiales que caracteriza y es inherente al fundamento mismo del amparo, es precisamente la inmediatez de la protección jurídica que se busca; sin embargo, el recurrente no ha cumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, haciendo extemporánea la solicitud de la tutela prevista por el art. 19 CPE dado el largo tiempo transcurrido desde que fue dictada la Resolución 144/88 de 9 de septiembre de 1988, la que principalmente ha motivado el recurso.