SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0962/2003-R
Fecha: 14-Jul-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) la aprehensión de la recurrente, efectuada por particulares fue legal, siendo puesta a disposición del Ministerio Público; 2) el acta de declaración lleva la firma del abogado defensor, desestimando el argumento de que el accionar de la representante del Ministerio Público fue anómala o irregular; 3) la medida cautelar de carácter personal ordenada por el juez recurrido fue correcta, fundamentada y apegada a las normas procesales penales, por lo que su detención preventiva es legal; 4) la resolución que recae sobre la aplicación o rechazo de una medida cautelar es revisable, revocable aún de oficio, siendo el medio idóneo para la revocatoria de la detención preventiva.