SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0967/2003-R
Fecha: 14-Jul-2003
III.2.
III.2. En la especie, al haber descubierto un forado en la pared de la celda de un recluso de la Penitenciaría de Sucre y ante la declaración de ese interno que señaló al recurrente como la persona con quien realizó esa faena, el Director de dicho Centro dispuso el aislamiento de Daniel Villarroel Gutiérrez, en atención a los antecedentes del actor, que anteriormente fugó del Instituto Psiquiátrico donde estaba internado y como una medida de seguridad para evitar cualquier acontecimiento futuro sobre una posible evasión o fuga, decisión que fue objeto de un informe fundamentado presentado a la Jueza de Ejecución Penal en el término de veinticuatro horas conforme la normativa citada dispone.
En consecuencia, el Director de la Cárcel Pública de Sucre no ha cometido acto ilegal alguno contra el recurrente, no le ha impuesto una sanción sino que ha adoptado una medida de seguridad ante la preparación de una posible evasión de la cárcel, aspecto que está siendo investigado en la instancia pertinente al estar tipificado como una falta grave en el ordenamiento jurídico, como se tiene dicho.