SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0982/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0982/2003-R

Fecha: 15-Jul-2003

III.1

III.1          En el caso examinado, se constata que el recurrente  interpone el presente recurso para ser restituido como Auxiliar a Bordo del LAB, al considerar que se ha vulnerado su derecho al trabajo. Señala que mediante nota de 6 de enero de 2003, el Gerente Administrativo ai. le comunica que a partir del 7 de enero del mismo año la Empresa prescinde de sus servicios al amparo del art. 55 del DS 21060, con el consiguiente pago de indemnización y desahucio como lo establecen los arts. 13 LGT y 8 de su Decreto Reglamentario, sin tener presente que al ser el LAB, una Sociedad Anónima como se acredita por el certificado de inscripción-actualización de matrícula extendido por la Fundación para el Desarrollo empresarial “FUNDEMPRESA”, su régimen legal está regulado por la Ley General del Trabajo y sus Decretos Reglamentarios, tal como se encuentra establecido en el  Reglamento Interno  del Personal del LAB aprobado por Resolución Ministerial 910/76 de 8 de diciembre, de manera que el recurrente no se encuentra comprendido dentro de los alcances del Estatuto del Funcionario Público ni de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal, pues así lo determina expresamente el art. 7.III) de la Ley del Estatuto del Funcionario Público (EFP) de 27 de octubre de 1999 cuando dice: “ Los Derechos reconocidos para los servidores públicos en el presente Estatuto y su régimen jurídico excluyen otros derechos establecidos en la Ley General del Trabajo y otras disposiciones del régimen laboral que rigen únicamente para los trabajadores”, por ello las emergencias surgidas de su relación laboral -en el caso concreto su retiro de la Empresa- deben ser impugnadas en la vía laboral.