Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2003-R
Fecha: 22-Jul-2003
II.3
II.3 El 7 de enero y 22 de febrero de 2003, el recurrente solicitó al Juez de la causa la nulidad de la diligencia de la notificación con la sentencia, pidiendo que ésta sea complementada en sentido de que le corresponde “derecho de retención de la cosa” hasta que se le pague por las mejoras y construcciones efectuadas de buena fe (fs. 135 y 139).