SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2003-R

Fecha: 22-Jul-2003

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que dentro del proceso ordinario que se interpuso en contra suya, no fue legalmente notificado con la sentencia, habiendo solicitado al Juez de la causa que, ante la irregularidad cometida, deje sin efecto esa diligencia, aunque su pedido fue rechazado. Corresponde, entonces analizar en revisión del recurso de amparo si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección que brinda el art. 19 CPE.