Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1053/2003-R
Fecha: 23-Jul-2003
Fragmento 13
Por consiguiente, como lo ha reconocido este Tribunal, la Jueza recurrida no incurrió en ningún acto ilegal u omisión indebida al no haber librado el mandamiento de condena, pues venía tramitando la suspensión condicional de la pena a solicitud del condenado Marcial Alvarado, y aunque este beneficio fue rechazado, inmediatamente después se tramitó el perdón judicial, que finalmente le fue concedido por la Jueza recurrida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2 Informe de la recurrida
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- Fragmento 13
- III.3
- III.4
- Fragmento 16
- APROBAR en parte