Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1053/2003-R
Fecha: 23-Jul-2003
procedente
Por Resolución corriente a fs. 54 y 55, se declaró procedente el recurso, disponiendo que la recurrida cumpla con los fallos ejecutoriados pasados en autoridad de cosa juzgada, o en su defecto remita obrados ante el Juez de Ejecución Penal para su cumplimiento, con responsabilidad de multa de Bs300.-, pues al existir sentencia condenatoria confirmada en apelación, la que cobró ejecutoria, debió ser oportunamente ejecutada por la Jueza recurrida, debiendo además disponer la devolución del inmueble de propiedad de la recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2 Informe de la recurrida
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- Fragmento 13
- III.3
- III.4
- Fragmento 16
- APROBAR en parte