Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1063/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
II.3
II.3 El 22 de abril de 2003, la recurrente solicitó la reposición del anterior Decreto (fs. 7), que es rechazada por el Juez demandado con el fundamento de que al ser las normas de orden público y de cumplimiento obligatorio, para la viabilidad del procedimiento voluntario de declaratoria de herederos, se debe dar cumplimiento a lo que señala el art. 643 CPC sobre todo con relación a los documentos que acrediten el grado de parentesco del demandante con el causante, en este sentido -prosigue el auto- “en actuados no existe documento idóneo, como es el certificado de nacimiento, que acredite el parentesco entre Juliana Mamani de López y Tiburcio Mamani Colque” (fs. 7 vta).