SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2003-R

Fecha: 28-Jul-2003

III.2.

III.2.   En el caso objeto de  examen, se tiene evidencia que la Fiscal recurrida solicitó a la Jueza Cautelar emita mandamiento de allanamiento para ingresar al  inmueble ubicado en el Barrio San Juan, calle sin nombre, en la esquina de la plaza San Bernardo y de la Guardería “Heidi”, detallando las características físicas del domicilio y adjuntando al efecto un croquis del lugar. En el decreto de 12 de mayo  la Jueza  defirió lo pedido reiterando la ubicación y características del inmueble; empero, en el mandamiento de allanamiento  propiamente dicho, encomendado al Jefe de Frontera de la FELCN, se incurrió en un error  al haber consignado  el Barrio San Bernardo en lugar de Barrio San Juan.

No obstante el error detectado, el allanamiento se ejecutó en el  domicilio para el que fue solicitado, o sea que  la orden judicial y la diligencia practicada guardaron absoluta identidad, por lo que no puede argüirse la existencia de ilegalidad en el allanamiento practicado, en el que si bien no participó el Jefe de Frontera de la FELCN -lo que no es motivo de nulidad- contó con la presencia de la Fiscal a cuyo cargo se encuentra la investigación, motivo por el que no  existe defecto absoluto en  el citado acto.