La denuncia de incumplimiento de la Sentencia Constitucional 560/2003-R de 29 de abril, pronunciada dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por
Fecha: 12-Ago-2003
III.2
III.2 Por memorial presentado el 2 de junio de 2003, el denunciante solicitó señalando expresamente “(...) darse cumplimiento a la SENTENCIA CONSTITUCIONAL, en los términos, dispuestos en dicha Resolución, donde se ordena la restitución del departamento y dependencias dentro del inmueble ubicado en la Av. 16 de julio No. 1854 de esta ciudad, así como la restitución de todos mis bienes muebles y pertenencias en su estado original (donde se encontraban), sea en el día (sic)...”. Atendiendo este memorial, la recurrida providenció al día siguiente en cuanto dicho petitorio: “Informe el Sr. Cursor, quien es el depositario de los bienes y donde se encuentran para proceder de acuerdo a lo solicitado” (fs. 117).