Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2003
Fecha: 12-Ago-2003
Fragmento 7
En consecuencia, la Resolución impugnada fue emitida por el Rector recurrido ante una situación urgente dada la gravedad de los hechos, en ejercicio de una facultad expresamente conferida por el Estatuto Orgánico, por lo que esa autoridad universitaria no ha usurpado funciones, y prueba de ello es que, conforme acredita la documental corriente de fs. 243 a 251, el Consejo Universitario aprobó y homologó la Resolución Rectoral 029/2003.