Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1095/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
II.8.
II.8. Por escrito de 5 de febrero de 2003 (fs. 248), el recurrente expresó su voluntad de continuar trabajando en la Unidad Educativa “Genoveva Ríos”. Por oficio de 2 de abril de 2003, denunció ante la Directora Departamental del SEDUCA, su destitución como Director y solicitó el restablecimiento de sus derechos.