SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1097/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1097/2003-R

Fecha: 04-Ago-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El recurrente -defensor de oficio- afirma que la Jueza Primera de Partido en lo Penal Liquidador y la Secretaria de dicho Juzgado han vulnerado sus derechos  a la defensa y a la segunda instancia, pues dentro del proceso penal que le siguen a sus defendidos, se dictó sentencia el 7 de abril de 2003 y  al no haberse arrimado la publicación del edicto con la sentencia, en cumplimiento de su deber  el 21 de abril de 2003 planteó el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria pronunciada contra sus defendidos, que no fue ingresada a despacho, para luego ser negada la concesión del recurso en 19 de mayo de 2003, por extemporáneo, con el argumento de que el edicto fue publicado el 16 de abril de 2003. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.