SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2003-R

Fecha: 04-Ago-2003

procedente en parte

Por Sentencia Constitucional 13/2003 de 31 de mayo de 2003, cursante de fs. 68 a 70, declaró procedente en parte el recurso, respecto al derecho de petición no atendido por el municipio y no así en cuanto a que el Tribunal de amparo pueda ordenar el cambio de nombre, que es facultad administrativa-privativa del órgano municipal, disponiendo que la Alcaldía en el plazo máximo de 72 horas hábiles emita la resolución pertinente aceptando o denegando la petición de la actora referente al cambio de nombre, con costas y multa; con el fundamento de que las autoridades recurridas no han dado una respuesta afirmativa o negativa que permita a la actora usar de los recursos administrativos previstos en el art. 137 de la Ley de Municipalidades (LM), vulnerando el derecho de petición de la recurrente, al no pronunciarse sobre su solicitud, restringiendo con ello un derecho cierto o no que no es materia de discusión en este Amparo pero que a prima facie se halla acreditado con la declaratoria de herederos registrada en Derechos Reales.