Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2003-R
Fecha: 12-Ago-2003
II.1. En 22 de mayo de 2003
II.1. En 22 de mayo de 2003 (fs. 13), Benjamín Gutiérrez Mamani, Investigador de Servicio, informó al Director Regional de DIPROVE, Rodolfo Huarita Segovia, que ese día “fue retenida” la motocicleta marca Honda, con motor 31071 y chasis 1603002, con fines investigativos, y, trasladada a esas oficinas, se realizó el peritaje técnico encontrado signos de alteración en los “alfa numéricos en bajo relieve”. Asimismo, informó que “el propietario” del motorizado no proporcionó su identidad ni los documentos de dicha motocicleta. A fojas 41 corre el acta de secuestro del referido motorizado, suscrita en 22 de mayo de 2003.