Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2003-R
Fecha: 12-Ago-2003
III.3.
III.3.En lo concerniente a la ejecución del mandamiento de apremio con allanamiento del domicilio de la representada de la actora, tal extremo no ha sido demostrado cual se requiere en Derecho para hacer procedente este recurso también por esa causa, puesto que únicamente se cuenta con la aseveración de la recurrente y el informe del Oficial de Diligencias (fs. 110), en el que no menciona la forma de ejecución de esa medida, constituyendo, por ende, el motivo de procedencia del hábeas corpus, el señalado en el numeral precedente.