SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1140/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1140/2003

Fecha: 12-Ago-2003

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes interponen el  amparo alegando que su representada fue destituida de su cargo de profesora de quinto básico de la Unidad Educativa “José Vicente Camargo”, sin que haya incurrido en ninguna falta, menos haya sido sancionada y que pese a que el Director Distrital instruyó la reasignación a sus respectivos servicios y programas, ello no ocurrió,  sin que se haya considerado además, que la hija de aquella aún no  cumplió un año de edad a los efectos de la aplicación de la Ley 975 de 2 de marzo de 1998. Corresponde establecer, entonces, si lo denunciado es evidente y amerita la tutela que brinda el art. 19 CPE.