Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1211/2003-R
Fecha: 27-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
La recurrente afirma que el Alcalde Municipal, aprovechando una comunicación del Secretario Ejecutivo de la COD en el sentido de que ya no gozaba de fuero sindical, la destituyó de sus funciones, sin respetar dicho fuero que le fue restituido mediante un amparo constitucional interpuesto contra el citado dirigente y que habiendo solicitado al recurrido la restituya a su cargo, han transcurrido dos meses sin que ello ocurra. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.