SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1211/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1211/2003-R

Fecha: 27-Ago-2003

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con el fundamento que la recurrente no agotó las vías legales conferidas por ley para hacer valer sus derechos, no habiendo hecho uso del recurso previsto por el art. 5 del DL 38 de 7 de febrero de 1944, pues nunca le fue quitado ni perdió su fuero sindical, conforme le ha sido reconocido en el anterior amparo constitucional que interpuso y que se encuentra en revisión.

Consiguientemente, la situación planteada no se halla dentro de las previsiones del art. 19 CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.