SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1223/2003-R
Fecha: 26-Ago-2003
a)
En el informe escrito que corre a fs. 41, los Vocales Mario Gonzáles Durán y Fernando Iriarte Suárez, sostienen lo siguiente: a) en el proceso penal instaurado por Elizabeth Julia Aramayo Medina y Ana María Aramayo de Cuellar contra Juan José Kaliman Romero “por los delitos de lesiones leves y graves”, el Juez pronunció Sentencia condenatoria contra la que el imputado apeló; b) la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca emitió el Auto de Vista 059/2001 de 20 de febrero, en el que, de acuerdo al art. 290 del Código de procedimiento penal vigente para el caso (CPP.1972), se confirmó el fallo de primera instancia, circunscribiéndose a los puntos apelado, cual dispone el art. 278 del mismo cuerpo legal, por lo que no podían pronunciarse en forma ultra petita; c) notificado el hoy recurrente con el Auto de Vista mencionado, no interpuso recurso alguno, permitiendo la ejecutoria de dichas resoluciones, además que dejó pasar dos años y dos meses para plantear el recurso de amparo, con lo que se evidencia un consentimiento a las decisiones que ahora impugna, debiendo declararse improcedente este recurso siguiendo la línea jurisprudencial contenida en las SSCC 166/2003-R, 1064/2002-R, 813/2002, entre otras; d) las Resoluciones cuestionadas por el recurrente están ejecutoriadas desde el 16 de abril de 2001, fecha en que se le notificó con el decreto de “cúmplase”, lo que demuestra la extemporaneidad del amparo, según lo declarado en las SSCC 505/2003-R, 166/2003-R, 1442/2002-R.