Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1223/2003-R
Fecha: 26-Ago-2003
II.2.
II.2. El Juez Segundo de Partido en lo Penal, emitió Sentencia en 11 de septiembre de 1998 (fs. 10 a 13), declarando al recurrente autor de los delitos de lesiones graves y leves, y le impuso la pena de reclusión de dos años y seis meses por el primer delito y seis meses por el segundo, “haciendo un total de tres años y dos meses” (sic).