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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2003-R

    Fecha: 26-Ago-2003

    a)

    El Juez recurrido informó lo siguiente: a) el recurrente no debió esperar “tanto tiempo” para interponer este recurso,  ya que el Auto cuestionado fue pronunciado el 30 de noviembre de 2002; b) la Resolución impugnada por el actor fue emitida en base a los arts. 6 y 7 de la Ley 1602. Pidió se declare improcedente el recurso.

    • amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • 1442/2002-R,
    • APRUEBA

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